En qué consiste este servicio
G.L. c. 41, § 94 establece que los constables pueden notificar requerimientos, avisos y citaciones mediante copia certificada (attested copy), y que sus constancias de esa entrega constituyen prueba prima facie — y a la vez deja claro que otras personas también pueden notificarlos.
Si un aviso en particular debe entregarse de una forma determinada lo establece la ley, el contrato o la norma que exige dicho aviso. Indíquenos de qué documento se trata y, si lo sabe, qué requisito debe cumplir; revisaremos si podemos entregarlo según lo solicitado.
Qué debe proporcionar
- El aviso, requerimiento o carta firmado, con sus anexos
- El nombre del destinatario y la dirección de entrega
- Cualquier requisito de entrega que le hayan indicado (por ejemplo, por contrato o su abogado)
- La fecha límite en la que debe realizarse la entrega
Quién suele solicitarlo
Cómo funciona la recepción de solicitudes
- Paso 1
Complete el formulario de avisos, requerimientos y cartas
Responda las preguntas sobre este documento y suba el juego completo. Puede guardar y terminar más tarde.
- Paso 2
Reciba su número de referencia
Tanto usted como Civil Constable reciben una confirmación por correo electrónico. Su solicitud ya está en la cola de revisión — todavía no ha sido aceptada.
- Paso 3
Revisión
Revisamos el tipo de documento, la dirección de entrega en relación con la autoridad disponible, cualquier requisito de entrega que usted indique y la fecha límite.
- Paso 4
Alcance, cotización y autorización
Si el encargo puede aceptarse, usted revisa y autoriza el alcance por escrito y la cotización en su portal. El trabajo comienza después de la autorización.
- Paso 5
Intentos y constancia de finalización
Los intentos siguen el plan aceptado. Usted recibe actualizaciones de estado y la constancia de entrega (return) o de finalización que corresponda.
Limitaciones importantes
- No redactamos avisos ni requerimientos, ni asesoramos sobre si un aviso cumple un requisito legal.
- La entrega documenta el acto de entrega; no establece que el destinatario haya leído el documento ni que haya estado de acuerdo con él.



